Contraloría sancionó a nueve funcionarios públicos en Huánuco

En los primeros cuatro meses del año (de enero a abril de 2018), la Contraloría General de la República sancionó administrativamente a nueve funcionarios y servidores públicos por incurrir en faltas graves o muy graves durante el ejercicio de sus funciones, por lo que están impedidos de trabajar en el Estado.
De acuerdo a la gravedad de las infracciones, los funcionarios o servidores públicos, pertenecientes a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, Municipalidad Provincial de Leoncio prado, Seda Huánuco y la Municipalidad Distrital de Aparicio Pomares, fueron inhabilitados para ejercer la función pública de 1 a 4 años.
Entre ellos están Edwin Inocente Carlos, de la Municipalidad Distrital de Aparicio Pomares-Yarowilca, inhabilitado por 4 años.
Epifanio Acosta Berrospi, de la Municipalidad Distrital de Aparicio Pomares, inhabilitado por 4 años.
Pelé Rolando Maylle Andrés, de la Municipalidad Distrital de Aparicio Pomares, inhabilitado por 4 años.
Héctor Evaristo Primo Salis, de la Municipalidad Distrital de Aparicio Pomares, inhabilitado por 2 años.
Germán Gastón Martínez Morales, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huánuco, inhabilitado por 2 años.
Juan Manuel Cámara Miraval, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huánuco, inhabilitado por 2 años.
Víctor Augusto Estela y Ponce, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Huánuco, inhabilitado por 2 años.
Fernando Caqui Díaz, de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado, inhabilitado por 2 años.
Pierina Luz del Castillo Fernandez, de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A, inhabilitada por 2 años.
Las regiones que concentran el mayor número de funcionarios y servidores sanciones son Lima (85), Cajamarca (50), Lambayeque (46), Tumbes (30) y La Libertad (25).
Cabe precisar que la responsabilidad administrativa funcional es independiente de las responsabilidades penales o civiles que pudieran establecerse contra los funcionarios o servidores por los mismos hechos.
Es importante resaltar que los titulares de las entidades públicas del país deben ejecutar de manera inmediata las resoluciones que emita la Contraloría General y el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, contra los funcionarios y servidores públicos que hayan sido sancionados administrativamente.
Transparencia
Las sanciones de suspensión e inhabilitación son inscritas en el registro de sancionados de SERVIR y publicadas en el renovado portal web de la Contraloría como parte de su política de transparencia y acceso a la información.
Autoridades electas por voto popular
Con la nueva Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General y del Sistema Nacional de Control, vigente desde el 29 de marzo de 2018, las autoridades electas que incurran en alguna acción u omisión considerada como infracción grave o muy grave podrán ser procesados en el Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) y ser pasibles de sanciones de suspensión y/o inhabilitación, según corresponda.
Procedimiento sancionador
El procedimiento sancionador tiene dos instancias que cuentan con autonomía técnica:
La primera instancia está a cargo de la Contraloría e integrada por el Órgano Instructor que realiza las investigaciones, propone las infracciones y sanciones; y un Órgano Sancionador que impone o desestima las sanciones propuestas.
La segunda instancia a cargo del TSRA, órgano colegiado adscrito a la Contraloría General, resuelve en última instancia las apelaciones presentadas por los servidores y funcionarios públicos.